Toda persona tiene derecho a acceder al servicio público en condiciones de igualdad, y los ascensos será en base al principio del merito. En cumplimiento a la Ley 41-08 sobre Función Público, y al literal J del articulo 3 de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la información Pública, este apartado presentara un link con acceso directo al portal concursa, administrado por el Ministerio Administracion Publica, o cualquier otro vinculo que lo reemplace.